INFORMACIÓN DE INTERÉS

SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y APOYO ESPECIALIZADO - SAAE

El SAAE opera en los Centros de Educación Especial sostenidos con fondos públicos en Castilla–La Mancha, y su función y organización están reguladas por la Orden de 3/06/2016, por la que se define la organización y el funcionamiento de los servicios de asesoramiento y apoyo especializado en los centros de Educación Especial.

A través de este servicio, los centros de educación especial se conciben como centros de recursos educativos abiertos a los profesionales, ofreciendo apoyos y servicios especializados que, por su naturaleza, no se encuentran disponibles en los centros ordinarios.

 Desde el centro se proporcionan una serie de servicios especializados orientados a dar respuesta a las necesidades de los centros educativos y del alumnado. Entre ellos se incluyen:

  • Material de acceso: Se asesorará a los centros acerca del material de acceso más adecuado y sobre cómo ajustar el mismo para solventar las barreras de cada alumna o alumno, teniendo en cuenta los criterios de materiales de bajo coste, reciclados, adaptados y optimizando la relación calidad/precio. (Cumplimentar Anexo III).
  • Comunicación: Asesoramiento en la potenciación de la intencionalidad comunicativa, la elección y uso del Sistema Aumentativo y/o Alternativo de la Comunicación (SAAC) más adecuado a las características del alumnado, software y recursos bibliográficos o informáticos sobre los mismos. Elección, si es posible, del sistema de lecto-escritura más adecuado para el alumno/a.
  • Estructuración: Señalización y organización del centro para satisfacer las necesidades del alumnado. Eliminación de barreras arquitectónicas del centro y el entorno.
  • Discapacidades y trastornos (motórica, intelectual, trastorno del espectro autista, trastornos graves de conducta,…): Asesoramiento para solventar las barreras de este alumnado, para el desarrollo de habilidades, de apoyo conductual positivo, para la elaboración de materiales adaptados,…
  • Programas de autonomía: Personal, social, de ocio y tiempo libre; adaptados a las necesidades educativas especiales del alumnado.
  • Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento (TAC): Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) aplicables al entorno educativo. Adaptación de las mismas a las necesidades del alumnado. Adaptación y elaboración de ayudas técnicas, software educativo y hardware adaptado.
  • Orientación: Asesoramiento a las y los responsables de la orientación de los centros en el ajuste de la respuesta educativa del alumnado, sobre las modalidades de escolarización más adecuadas para este alumnado y en la elaboración de la evaluación psicopedagógica. Colaboración para la elaboración de dictámenes de escolarización en modalidad combinada o de educación especial.
  • Tramitación de solicitudes para el uso de pruebas psicopedagógicas en régimen de préstamo.

 

DEMANDAS DE ASESORAMIENTO.

Las demandas de asesoramiento se formularán desde la orientadora o el orientador del centro demandante al SAAE a través de la cumplimentación del Anexo I, firmada por la directora o el director del centro y remitida al centro de educación especial.

Para poder prestar el asesoramiento correspondiente se debe contar con la conformidad expresa de la familia referente al intercambio de información entre los centros educativos.

 

ASESORAMIENTO SOBRE MATERIAL DE ACCESO.

Se realizará a través del Anexo III de asesoramiento sobre material de acceso; debiendo asesorar a los mismos en:

  1. Posibilidad de reciclar materiales disponibles para adaptarlos a sus necesidades.
  2. Posibilidad de realizar materiales de acceso de bajo coste.
  3. Modelos del mercado con mejor relación calidad/precio.
  4. Material de acceso más adecuado para cada alumna o alumno.
  5. Tallas y accesorios necesarios.
  6. Todo aquello que permita optimizar los recursos públicos.

 

PRÉSTAMO DE MATERIAL DE ACCESO.

Finalidad: Atender las necesidades del alumnado mediante la solicitud de préstamo de material adaptado que facilite su acceso al currículo.

Momento de solicitud: Puede realizarse en cualquier momento del curso, en función de las necesidades detectadas.

Procedimiento:

1. Solicitud inicial del préstamo:

El centro que solicita el material deberá cumplimentar el Anexo I, detallando el recurso requerido.

2. Valoración por parte del SAAE

El equipo del SAAE evaluará la pertinencia del préstamo y verificará la disponibilidad del recurso solicitado. Una vez revisado, se comunicará la resolución al centro solicitante.

3. Formalización del préstamo:

Si el material está disponible, se coordinará su entrega con el centro y se procederá a registrar el préstamo mediante el Anexo II.

En caso de no disponer del recurso, el coordinador del SAAE lo notificará formalmente al profesional demandante.

4. Solicitud del material a la Unidad de Inclusión (en caso de no disponibilidad en el SAAE)

Si el recurso solicitado no puede ser prestado por el SAAE, el centro remitirá la solicitud a la Unidad de Inclusión y Convivencia.

5. Devolución del material:

Cuando el alumnado ya no necesite el recurso, el centro deberá notificarlo, indicando la devolución, y gestionar la entrega del material al Ponce.

6. Traslado del material por cambio de centro o etapa educativa:

En caso de que el alumno /a cambie de centro, se deberá informar al SAAE del traslado del recurso asignado.

 

SOLICITUD DE PRUEBAS DE EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA.

Finalidad: Gestionar la cesión o el préstamo temporal de pruebas psicopedagógicas necesarias para la evaluación del alumnado.

Plazo de solicitud: Puede tramitarse en cualquier momento del curso escolar, en función de las necesidades detectadas.

Procedimiento a seguir:

1. Consulta e inventario:

Antes de solicitar cualquier prueba, se puede revisar el listado actualizado de recursos disponibles (ver Anexo Inventario en el apartado “documentos SAAE)) con el fin de comprobar si el SAAE dispone del material requerido. Si el material no se encuentra en el listado, se aconseja preguntar por el mismo, por si hubiese alguna posibilidad de hacerse con él.

2. Solicitud formal:

Si la prueba se encuentra disponible, se deberá cumplimentar el formulario correspondiente (Anexo II: Modelo de préstamo y devolución de pruebas psicopedagógicas) y remitirlo al coordinador del SAAE para su gestión.

3. Duración el préstamo:

El periodo máximo para el uso de las pruebas será 1 mes. Una vez finalizado dicho plazo, se deberá registrar la devolución en el mismo anexo y enviar nuevamente el documento al coordinadora del SAAE. El material será entregado en el CEE Ponce de León.

Última modificación: 08/10/2025 - 13:48